Impacto



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El teletrabajo o trabajo a distancia aumentó desde que inició la pandemia de Covid 19, con la finalidad mejorar el mecanismo de su regulación, sindicatos proponen la integración de un nuevo capítulo a la sección del Código de Trabajo vigente que rige el contrato a domicilio, para incluir artículos que garanticen la cobertura por riesgo laboral y el respeto al horario de trabajo.

Luego de un diálogo entre sindicatos, la iniciativa privada  y el gobierno se busca analizar la propuesta por parte del Consejo Consultivo del Trabajo donde se discuten uno por uno los 738 artículos del código para su modernización.

"El capítulo Teletrabajo no ha sido discutido en el Consejo (Consultivo del Trabajo), pero esperamos la participación activa de los demás sectores, ya que es un tema novedoso que está en crecimiento en el país", declaró recientemente Rafael Abreu presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS).

Así se establecen los derechos y deberes del teletrabajo:

  1. A la privacidad
  2. Horario de trabajo
  3. Mecanismo de supervisión
  4. Uso de recursos o herramientas
  5. Delimitación de uso de servicios para trabajar (internet, energía eléctrica y combustible, entre otros)

Actualmente el Código de Trabajo dicta que: se dice que el empleador será responsable de supervisar el lugar de trabajo y el acceso a las herramientas necesarias para la productividad, así como la obligación de explicar a su colaborador todo lo concerniente a riesgo laboral, incluido los tipos de cobertura.

El pasado 15 de marzo el Senado de la República, aprobó en segunda lectura el Proyecto de Ley que modifica la Ley 16-92, y aprueba el Código de Trabajo, para incluir el Teletrabajo como Modalidad de Trabajo en la República Dominicana.


Fuente: Senado de la República, Sindicatos

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