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Hay alrededor de 36,000 millones de pesos los que contribuyentes adeudan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), informó el ministro de Hacienda, José Manuel -Jochi- Vicente, al ser cuestionado sobre los detalles económicos que implica el proyecto de ley que sometió el Poder Ejecutivo que propone un tratamiento transitorio para la prescripción de deudas tributarias y amnistiar otras estatales.
La propuesta de ley, hecha de forma totalmente transparente ayudaría a reactivar la economía así como dar facilidades al sector empresarial para el pago de impuestos.
El proyecto se estudia en una comisión especial de la Cámara de Diputados, que agendó para hoy una reunión con Vicente y el titular de la DGII, Luis Valdez, se trata de cumplir el pago de los contribuyentes en los impuestos además de dar facilidades.
El proyecto de ley lo que busca un procedimiento transitorio de gestión de una parte de la cartera de deuda de la DGII mediante el cual la institución podrá declarar de oficio la prescripción de la deuda tributaria, cumpliendo con los requisitos establecidos en el proyecto de ley.
"La prescripción actualmente sólo la puede invocar el contribuyente. La DGII unilateralmente no puede hacerlo. Y en la actualidad existe una cantidad significativa de contribuyentes que presentan deudas importantes en donde los recargos e intereses superan con creces el monto del impuesto adeudado", señala el ministro de Hacienda.
Si el contribuyente no ha ejercido su derecho a la prescripción, la deuda se mantiene y dificulta el pago de impuestos corrientes. "Esto se ha convertido en una dificultad importante para el cumplimiento voluntario de muchos contribuyentes, especialmente mipymes", refirió José Manuel Vicente por lo que el gobierno está solucionando ese aspecto.
Contribuyentes que tengan deudas anteriores a 2015, inclusive, siempre que el contribuyente realice un pago único de la deuda correspondiente a 2016 en adelante, según el nuevo marco legal.
Estos son los impuestos que abarca el proyecto de Ley:
- Impuesto sobre la renta (ISR)
- Impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS)
- Impuesto selectivo al consumo (ISC)
- Impuesto sobre activos (ISA)
- Impuesto al patrimonio inmobiliario (IPI)
- Impuestos a las zonas francas
- Impuestos a los juegos de azar (bancas de loterías, casinos, máquinas tragamonedas y juegos por internet).
Fuente: Ministerio de Hacienda, Diario Libre